Los precios públicos que han de abonar los estudiantes de la Facultad de Traducción e Interpretación (FTI) por la enseñanza superior universitaria y oficial que reciben en la Facultad son fijados para cada curso académico por el Gobierno de Canarias alrededor del mes de agosto. Estos precios, comunes al conjunto de las universidades públicas canarias, se establecen mediante decreto, que se publica en el Boletín Oficial de Canarias. El del curso 2019/2020 se puede consultar en este enlace. En cuanto al curso 2021/2022, el Gobierno central ha fijado unos límites para las tasas universitarias por medio de un Decreto de 30 de septiembre de 2021, que se puede consultar en este enlace.

Para el curso 2022/2023, el Consejo Social de la ULPGC ha decidido mantener dichas tasas para el curso 2022/23. 

Los precios se establecen en función del grado de experimentalidad de los títulos de la FTI (es decir, el precio de cada crédito varía según el grado de experimentalidad de la correspondiente titulación):

  • Los títulos de Grado y Doble Grado en Traducción e Interpretación tienen un grado 3 de experimentalidad.
  • Los títulos de Máster que ofrece la FTI tienen un grado 4 de experimentalidad (másteres no habilitantes).

Precios públicos académicos

Son los que debe abonar el estudiante por las asignaturas o créditos de los que se matricule y por otros servicios académicos universitarios. Según el tipo de matrícula que corresponda al alumno, los precios públicos académicos pueden alterarse por reducción o exención. Los alumnos universitarios que hayan obtenido la calificación de Matrícula de Honor en una o más asignaturas/créditos tendrán derecho a una bonificación en el mismo número de asignaturas/créditos del curso siguiente. La bonificación obtenida en unos estudios no es aplicable a otros distintos y, dentro de los mismos estudios, no lo será a asignaturas por las que repita matrícula.

Tasas públicas por servicios administrativos

  • Apertura de Expediente Académico. Deberán abonarla todos los estudiantes que comiencen estudios en la ULPGC, así como los que accedan a estos por traslado de expediente desde otras universidades, y los que cambien de titulación.
  • Carné Universitario. La deberán abonar aquellos estudiantes que inicien estudios en esta Universidad. El carné tendrá vigencia mientras se encuentren cursando la titulación. En caso de extravío o deterioro de este documento, podrán solicitar un duplicado que se les entregará previo abono de su importe.
  • Seguro Escolar. Este seguro tiene como fin garantizar la asistencia en caso de accidente escolar. Si el estudiante es titular o beneficiario del Régimen General o alguno especial de la Seguridad Social, deberá acogerse a estos. El abono del Seguro Escolar, que se hará en el momento de cumplimentar la matrícula, es obligatorio para los estudiantes nacionales, los miembros de la Unión Europea y los nacionales de los países con los que existe convenio bilateral en materia de Seguridad Social, menores de 28 años.